Duración del registro

Los registros de marcas tiene una duración de 10 años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, pudiendo renovarlos por periodos de la misma duración. Sin embargo, a raíz de las reformas a la Ley de la Propiedad Industrial (LPI) del 18 de mayo de 2018, se estableció la obligación de dar un aviso al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), del uso real y efectivo de las marcas. 

Aviso de uso real y efectivo

Este aviso se debe presentar durante los tres meses posteriores de que se cumpla el tercer año del otorgamiento del registro y, en caso de no presentar el aviso, el registro caducará. La obligatoriedad de esta declaración de uso aplicará únicamente a los registros de marca solicitados a partir del 10 de agosto de 2018.

Para los signos distintivos registrados con anterioridad la ley no exige la presentación del aviso de uso. Sin embargo, a partir de la entrada en vigor de la reforma, al solicitar la renovación de cualquier registro de marca, se deberá presentar la declaración de su uso real y efectivo.

Para que nuestras marcas no sean canceladas por falta de renovación o presentación del aviso de uso, es importante que identifiquemos las fechas en que se deben cumplir estas obligaciones.

Para mayor información nos puede enviar un correo a contacto@correduriauno.com y con gusto podemos ayudarlo a identificar fechas de renovación y avisos, renovar y dar los avisos correspondientes de sus marcas.

Sergio Manuel Murillo Oliva.

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